Trámites societarios

Aunque en el portal oficial de inversiones de Turquía hay información detallada sobre cómo crear una empresa, esos trámites solo se realizan sin contratiempos con un asesor. Los pasaportes de los socios extranjeros deben ser traducidos por un traductor jurado y legalizados ante notario antes de inscribir la empresa en el Registro Mercantil (Registro de Comercio), y un traductor jurado debe acompañar al extranjero durante los trámites en dicho Registro.

Tras la inscripción, la persona autorizada de la empresa debe otorgar ante notario una circular de firmas, necesaria para los trámites ante organismos oficiales. Es posible que también deba otorgar un poder al contador de la empresa para los asuntos fiscales (tributarios).

Qué necesita y qué hacemos nosotros

  • Traducción jurada al turco del pasaporte de cada socio extranjero, antes de la inscripción.
  • Intérprete jurado en el Registro Mercantil (Registro de Comercio) y en la notaría para los firmantes extranjeros.
  • Circular de firmas ante notario tras la inscripción.
  • Poder al contador o abogado de la empresa si los socios no van a estar en Turquía.
  • Los socios en el extranjero pueden firmar los documentos fundacionales mediante poder, para que nadie tenga que viajar dos veces.
  • Las traducciones juradas y la circular de firmas se envían a su dirección en cualquier país a tarifas económicas.

Los trámites burocráticos en Turquía y en las misiones extranjeras cambian con cierta frecuencia. Antes de actuar, le recomendamos confirmar los requisitos vigentes con la institución ante la que va a presentar su solicitud. Con gusto revisamos con usted qué documentos requieren traducción jurada.

Díganos qué necesita resolver. Preparamos los documentos, le acompañamos en la notaría y enviamos el resultado a cualquier país.

Consúltenos sobre la constitución de su empresa

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