Poder notarial

Los extranjeros en Turquía pueden otorgar poderes a cualquier persona (un apoderado o representante) para que actúe en su nombre como poderdante. Según la legislación turca, el poder notarial es un documento oficial: debe ser redactado por un notario público y el poderdante debe firmarlo ante él. Si el extranjero que otorga el poder no habla turco, un traductor jurado del notario debe acompañarle durante el trámite y traducirle el poder.

Los extranjeros pueden otorgar poder a quien deseen, según los trámites que haya que realizar. Un poder notarial puede revocarse y anularse en cualquier momento ante cualquier notario. Para más información sobre los trámites de poder notarial para extranjeros en Turquía, contáctenos.

Qué necesita y qué hacemos nosotros

  • El poder para uso en Turquía debe otorgarse ante un notario turco y en turco.
  • Si no habla turco, el notario no procede sin un intérprete jurado presente. Le acompañamos a la cita.
  • Lleve su pasaporte; su traducción jurada al turco se exige en toda notaría. La preparamos de antemano para resolverlo en una sola visita.
  • Indíquenos quién será el apoderado y para qué se usará el poder (venta de inmueble, banco, juicio, empresa); el notario redacta el texto y se lo traducimos antes de firmar.
  • El poder también puede otorgarse desde el extranjero en un consulado turco; le decimos qué vía es más rápida en su caso.
  • Enviamos el poder legalizado a su apoderado en Turquía o a usted en el extranjero por mensajería internacional económica.

Los trámites burocráticos en Turquía y en las misiones extranjeras cambian con cierta frecuencia. Antes de actuar, le recomendamos confirmar los requisitos vigentes con la institución ante la que va a presentar su solicitud. Con gusto revisamos con usted qué documentos requieren traducción jurada.

Díganos qué necesita resolver. Preparamos los documentos, le acompañamos en la notaría y enviamos el resultado a cualquier país.

Consúltenos sobre su poder notarial

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